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Trámites · 6 min de lectura

Días hábiles, naturales y notificaciones electrónicas: cómo contar tu plazo

La mitad de los expedientes que se pierden no se pierden por el fondo, sino por el calendario. Así se cuenta un plazo administrativo sin equivocarse.

Lucía Cambeses
Experta · Dpto. Jurídico de Jurídico Emprendedor
Calendario y reloj para calcular un plazo administrativo en Vigo
En esta entrada
1. El plazo empieza al día siguiente 2. Hábiles, naturales y meses 3. Notificaciones electrónicas: el rechazo automático 4. Qué pasa si el último día es inhábil 5. Se me ha pasado el plazo: ¿queda algo?

1. El plazo empieza al día siguiente

Los plazos administrativos se cuentan desde el día siguiente al de la notificación. El día en que recibes el documento no cuenta, y ese detalle a veces salva un escrito.

2. Hábiles, naturales y meses

  • Días hábiles: excluyen sábados, domingos y festivos. Es la regla general en procedimiento administrativo.
  • Días naturales: cuentan todos, incluidos fines de semana. Aparecen sobre todo en materia de tráfico y en algunas convocatorias.
  • Plazos por meses: vencen el mismo día del mes siguiente; si ese día no existe, el último del mes.

Los festivos locales de Vigo y los autonómicos de Galicia también son inhábiles. Antes de dar una fecha límite comprobamos el calendario del año en curso.

3. Notificaciones electrónicas: el rechazo automático

Si estás obligado a relacionarte electrónicamente con la administración —sociedades, autónomos en determinados casos—, la notificación se entiende practicada aunque no la abras: transcurridos diez días naturales desde su puesta a disposición se considera rechazada y el procedimiento continúa.

Por eso recomendamos habilitar avisos por correo y, si puede ser, apoderar a alguien que revise la sede electrónica de forma periódica.

4. Qué pasa si el último día es inhábil

El plazo se traslada al primer día hábil siguiente. Y presentar el mismo día del vencimiento, hasta las 23:59 en registro electrónico, es válido: el registro es único y funciona todos los días del año.

5. Se me ha pasado el plazo: ¿queda algo?

Depende, pero casi nunca es el final del camino. Según el caso podemos plantear recurso extraordinario de revisión, alegar defectos de notificación, pedir la nulidad del acto o actuar en la fase de recaudación.

Lo importante es que lo veamos rápido: cuanto más avanza el expediente, menos opciones quedan.

¿No sabes cuánto plazo te queda?

Mándanos la notificación y te decimos la fecha límite exacta y qué se puede presentar. Sin coste.

Etiquetas plazos notificaciones trámites Vigo

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